Dra. Nora Gavira Durón

Profesora de tiempo completo del Sección de Banca e Inversiones

nora.gavira@udlap.mx

 

Desde que se volvió del dominio sabido que las administradoras de fondos para el retiro (Afores) en 2016 invirtieran en la Fibra E, utensilio para financiar parcialmente la construcción del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México (NAICM), se ha generado una ola de suposiciones y gran interés en lo que está pasando con el parquedad para el retiro de los trabajadores ahorrando en Inbursa, Pensionissste, Profuturo y XXI-Banorte (cuatro de las diez Afores registradas en presencia de la Comisión Doméstico del Sistema de Peculio para el Retiro [CONSAR]) ya que participaron en dicho utensilio con 13,500 millones de pesos, lo cual representa el 45% de la audición; así como 0.9% del total de activos administrados por estas Afores. Existe una gran incertidumbre y se especula que las pérdidas registradas en los últimos trimestres están relacionadas con la abolición del NAICM. Sin bloqueo, la razón por la que se llegó a estas pérdidas tiene sus orígenes desde la creación de las Afores hasta el incremento de tasas y volatilidad globalizada de las economías en la última plazo. Para analizar las causas, haremos un repaso de lo que ha sido el cambio del sistema de pensiones y su impacto en las pensiones de los trabajadores.

El cambio en el sistema de pensiones de México consistió, básicamente, en portar de un maniquí de beneficio definido (el trabajador sabe a cuánto ascenderá su pensión), donde el gobierno se encarga del adeudamiento de las cuentas que no logren concentrar lo necesario para el suscripción de una pensión vitalicia de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como lo estipulaba la Ley del Seguro Social de 1973. A partir de la nueva Ley de 1997, se migra a un esquema de contribución definida, en donde se establece que cada trabajador contará con un fondo en una cuenta individual en una administradora de fondos para el retiro (Afore), por medio de sus sociedades de inversión de fondos de retiro (Siefore). A partir de su implementación, cada trabajador deberá acumular en su cuenta individual durante su vida gremial (hasta los 65 abriles) el monto suficiente para contratar una pensión vitalicia con una aseguradora, es aseverar, los trabajadores gozarán de un beneficio equivalente a lo que logren guardar.

Con la nueva Ley, existe la posibilidad de que los trabajadores que hayan cotizado 1,250 semanas (como lo establece la Ley) no acumulen la cantidad suficiente para dicha contratación de un plan de pensión, en este caso, el gobierno mexicano subsidiará una pensión mínima garantizada (un salario intrascendente) y los trabajados que quieran disfrutar de una pensión vitalicia y no cuenten con los posibles necesarios al momento de su compensación, deberán cargar con el adeudamiento de su cuenta para alcanzar la negocio de su pensión vitalicia. A partir de ese momento, los trabajadores deberían estar conscientes de que existe una entrada probabilidad de que sus posibles acumulados no sean suficientes para una pensión digna.